3 preguntas cortas y te decimos si te toca, sin leerte la norma completa.
Pregunta 1 de 3
Pregunta 2 de 3
Pregunta 3 de 3
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Esto es lo que necesitas para facturar bien:
La obligación de facturar electrónicamente no depende solo del tamaño del negocio, sino principalmente de turégimen tributario. Si estás inscrito en el Régimen Simple de Tributación, estás obligado sin importar cuánto vendas. Si eres responsable de IVA o de impuesto al consumo, también aplica para ti.
Si eres persona natural comerciante y no eres responsable de IVA, la obligación depende de tus ingresos brutos anuales: el umbral de referencia son 3.500 UVT. Este valor cambia cada año porque la UVT se actualiza, así que conviene revisarlo cada enero.
Muchos negocios pequeños usan el documento equivalente POS pensando que los exime de facturar electrónicamente. La realidad es que el POS solo se puede usar hasta cierto monto por venta, y la DIAN ha venido restringiendo su uso cada vez más. Si tu negocio ya está obligado a facturar electrónicamente por régimen, el POS no reemplaza esa obligación para ventas que superen el límite.
Están obligados los responsables de IVA, los responsables del impuesto al consumo, quienes pertenecen al Régimen Simple de Tributación sin importar sus ingresos, y las personas naturales comerciantes que superen los 3.500 UVT de ingresos brutos anuales. También aplica a quienes ya venían facturando electrónicamente por decisión propia o de un cliente.
Depende de su régimen tributario, no solo del tamaño. Si el negocio está inscrito en el Régimen Simple o es responsable de IVA, debe facturar electrónicamente sin importar cuánto venda. Si es una persona natural no responsable de IVA con ingresos bajos, puede que todavía no esté obligada, pero conviene revisarlo cada año porque los topes y reglas cambian.
La DIAN puede imponer sanciones y desconocer los costos y gastos que no estén soportados con factura electrónica válida. Además, muchos clientes empresariales ya no aceptan facturas que no sean electrónicas, lo que puede hacerte perder ventas.
No completamente. El documento equivalente POS solo se puede usar hasta cierto monto por transacción (definido en UVT); por encima de ese valor, o si el cliente lo solicita, debes expedir factura electrónica. La DIAN ha venido restringiendo cada vez más el uso del POS como sustituto de la factura electrónica.
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